Desde este viernes 29 de septiembre, entra en vigor la primera Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales de ámbito estatal, que nivelará las grandes diferencias en protección animal que existen entre las Comunidades Autónomas.

Esta ley, aprobada en el Congreso el 29 de marzo pasado, introduce importantes cambios en el cuidado de los animales de compañía, su tenencia, venta y otras reformas estructurales que permitirá contar con información fiable y transparente para perseguir los casos de maltrato.

Aunque la nueva normativa quedó muy lejos de lo que precisan nuestros animales de compañía, ya que quedan fuera los mal llamados PPP (Perros Potencialmente Peligrosos), los perros de trabajo y los perros de caza, sí es un avance respecto a las leyes existentes en algunas Comunidades Autónomas.

Destacamos algunos puntos clave de esta nueva ley:

  • Cambios en la venta de animales: A partir del 29 de septiembre de 2024, los perros, gatos y hurones solo podrán ser adquiridos a través de criadores registrados. Las tiendas de animales tendrán un período de adaptación de 12 meses para ajustarse a esta nueva normativa. Otros animales de compañía, como conejos, cobayas, roedores, aves y peces, pueden seguir siendo vendidos en tiendas de animales de compañía.
  • Espectáculos con animales: La ley prohíbe los circos con animales, aunque se excluyen las corridas de toros y los festejos populares con toros.
  • Maltrato animal: La ley introduce castigos más severos para el maltrato animal, con penas de hasta 36 meses de prisión en caso de muerte de un animal. Se prohíben prácticas como el uso de pinchos o collares que ahorquen, así como llevar animales atados a vehículos en marcha.
  • Seguro obligatorio para todas las razas de perros: La Ley 7/2023 establece la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para todas las razas de perros. Sin embargo, este requisito aún no se aplica debido a la falta de un reglamento propio, ya que el Gobierno se encuentra en funciones desde junio. Las comunidades de Madrid y del País Vasco ya exigen este seguro.
  • Cursillos formativos para nuevos propietarios: Junto con el seguro, la ley también establece la realización de cursos de formación para nuevos propietarios de mascotas. Al igual que el seguro, este requisito aún no está en vigor debido a la falta de reglamentación.
  • Animales de especial cuidado: Las razas de perros consideradas peligrosas (PPP) seguirán reguladas por el Real Decreto 287/2002 y la Ley 50/1999. Los propietarios de estos perros deben contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros.
  • Identificación y esterilización: Se requiere la identificación mediante microchip de todas las mascotas y se promueve la esterilización para evitar la reproducción incontrolada de animales de compañía.
  • Convivencia responsable: La ley establece reglas para la convivencia responsable, como no dejar a un animal sin supervisión durante más de tres días (24 horas en el caso de perros). Se limita la presencia de animales en terrazas y patios, y se prohíbe dejarlos en vehículos expuestos al calor o al frío.
  • Multas por incumplimiento: Las multas por incumplimiento de la ley varían según la gravedad de la infracción y pueden ir desde 500 hasta 200,000 euros.

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